
El Ente Regulador comprobó que en todos los casos analizados los consumos impugnados por los usuarios no tenían concordancia con los consumos históricos y que, por lo tanto, la facturación resultaba desproporcionada y excesiva.
La Resolución le ordenó a EDESUR que acredite en la factura el importe en cuestión a cada persona usuaria en los próximos 10 días hábiles administrativos, permitiendo también el cobro del mismo en efectivo. Además, la empresa deberá anular todos los intereses y recargos incorporados en las facturas.
Fuente: Argentina.gob,ar