
A través de la Resolución 826/2022, la Secretaría de Energía, adecuó la remuneración de la generación no comprometida en cualquier tipo de contrato establecida en la Resolución N°31 de fecha 26 de febrero de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Resulta necesario actualizar dichas remuneraciones, a condiciones económicamente razonables y eficientes, con vigencia a partir de las transacciones económicas correspondientes al mes de septiembre de 2022.
Que, además, resulta oportuno establecer nuevos valores de remuneración que se disponen en el presente acto, a partir de las transacciones económicas correspondientes a partir del mes de diciembre de 2022.
Asimismo, se estima necesario adecuar los valores de remuneración a partir del 1° de febrero de 2023 y a partir del 1º de agosto 2023.